En un trabajo verificado, te contamos qué hay detrás de la idea de los «apellidos más españoles». Cómo deben hacer quienes reúnen las condiciones para gestionar la ciudadanía.
La siguiente nota podría reducirse a un rotundo e inexpugnable “no”. Sin embargo, es conveniente ofrecer un despliegue sobre la información oficial que derrumba aquella idea por la cual puede llegar a suponerse que existen apellidos (o nombres) que facilitan el trámite de la ciudadanía española.
Por otra parte, resulta un tanto lamentable observar que el título de «los apellidos que garantizan la ciudadanía española» está entre los cientos de títulos del tipo “clickbait” (anzuelos para que el lector ingrese a un sitio web) que se divulgan por internet con propósitos poco claros. Todavía más preocupante es observar los casos en los que medios de comunicación masivos buscan variaciones de estos títulos para atraer a nuevos lectores.
Esta práctica, no recomendada por las academias, se aleja del propósito de comunicar o informar. Está más cerca de un ánimo lucrativo: mientras más aprietan los usuarios en un link, el sitio más se posiciona en el mercado.
Lamentablemente, esto lleva a la confusión y al entusiasmo a cientos de miles de ciudadanos que tienen como máximo propósito emigrar a España.
Verificado: qué pasa con los apellidos “más españoles”
Por supuesto que hay apellidos que suenan más españoles y gallegos que otros.
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), los apellidos más comunes en España son García, González y Rodríguez. Estos tres apellidos tienen su origen en la Edad Media, cuando se empezaron a formar los apellidos patronímicos, es decir, derivados del nombre del padre. Así, García significa “hijo de García”, González significa “hijo de Gonzalo” y Rodríguez significa “hijo de Rodrigo”. Estos nombres eran muy populares entre los cristianos que vivían en la Península Ibérica durante la reconquista.
Pero los fenómenos migratorios de españoles hacia otros puntos geográficos del gran paño terrestre habitado por hispanohablantes fueron algunos de los más complejos que conoció, hasta ahora, la humanidad.
Te resumimos algunas de las claves:
- La crisis económica, social y política de España en los siglos XIX y XX provocó la falta de oportunidades, el desempleo, el hambre, la represión y la guerra civil. Muchos españoles buscaron una salida a su situación emigrando a América.
- La atracción de América como un continente rico en recursos naturales, tierras y posibilidades de desarrollo. Los países latinoamericanos ofrecían a los inmigrantes españoles la oportunidad de acceder a la propiedad de la tierra, a la actividad comercial, a la industria y a la minería.
- La política migratoria de los países latinoamericanos. Fue favorable a la llegada de inmigrantes europeos para poblar y desarrollar sus territorios. Algunos países, como Argentina, Brasil, Cuba o México, ofrecieron incentivos a los inmigrantes, como pasajes subvencionados, exención de impuestos, asistencia sanitaria y educativa, y facilidades para la naturalización.
- La revolución en los medios de transporte, que abarató y aceleró los viajes transoceánicos. El uso del vapor y el ferrocarril permitió reducir el tiempo y el costo de los desplazamientos, así como aumentar la capacidad y la seguridad de los barcos. Esto hizo posible que millones de personas pudieran cruzar el Atlántico en busca de un futuro mejor.
Factores que otorgan la ciudadanía española (spoiler: el apellido no aparece)
Los factores que otorgan sí o sí la ciudadanía española son los siguientes:
- Ser español de origen, es decir, haber nacido de padre o madre españoles, independientemente del lugar de nacimiento.
- Ser hijo o nieto de exiliados españoles que emigraron por razones políticas, ideológicas o de creencia, siempre que se solicite la nacionalidad por opción dentro de los tres años siguientes a la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática.
- Haber residido legalmente en España durante un período de tiempo determinado, que varía según el caso: diez años para los extranjeros en general, cinco años para los refugiados, dos años para los iberoamericanos, andorranos, filipinos, guineanos, sefardíes y portugueses, y un año para los nacidos en España, los casados con españoles, los viudos de españoles, los hijos o nietos de españoles de origen y los adoptados por españoles mayores de edad.
- Obtener la carta de naturaleza, que es una concesión discrecional del Gobierno español, que se otorga por circunstancias excepcionales, como méritos relevantes, servicios prestados a España o vínculos especiales con el país.
Si no estás en esta lista, tener apellidos García, González o Rodríguez poco podrá colaborar.
Tramitar la ciudadanía: cómo deben hacer quienes reúnen las verdaderas condiciones
Según el sitio web del Consulado General de España en Buenos Aires, se deben presentar los siguientes documentos según la situación que corresponda:
- Residencia: se debe acreditar haber residido legalmente en España durante al menos 10 años, o menos en algunos casos especiales. Los documentos que se requieren son: pasaporte completo, permiso de residencia, certificado de nacimiento, antecedentes penales, certificado de matrimonio (si procede), censo actual y censo histórico, certificado DELE A2 (si es aplicable) y certificado de CCSE.
- Origen: se puede solicitar la nacionalidad española por ser hijo o nieto de español de origen, o por haber nacido en España de padres extranjeros. Los documentos que se necesitan son: certificado de nacimiento del solicitante, certificado de nacimiento del padre o madre españoles, o certificado de nacimiento del abuelo o abuela españoles y del padre o madre del solicitante, según el caso.
- Opción: se puede optar a la nacionalidad española por ser hijo o nieto de español que hubiera perdido o renunciado a la nacionalidad española, o por haber sido adoptado por un español. Los documentos que se requieren son: certificado de nacimiento del solicitante, certificado de nacimiento del padre o madre que originariamente hubiera sido español, o certificado de adopción, según el caso.
- Posesión de estado: se puede solicitar la nacionalidad española por haber poseído y utilizado esta nacionalidad durante al menos 10 años con buena fe y basada en un registro civil. Los documentos que se necesitan son: certificado de nacimiento del solicitante, certificado de empadronamiento, pasaporte español y otros documentos que acrediten la posesión de la nacionalidad española.
- Carta de naturaleza: se puede conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente por el Gobierno, cuando concurran circunstancias excepcionales. Los documentos que se requieren son: certificado de nacimiento del solicitante, pasaporte completo, antecedentes penales, certificado médico y otros documentos que justifiquen las circunstancias excepcionales.
- Ley de memoria democrática: se puede solicitar la nacionalidad española por ser descendiente de español que emigró por razones políticas, ideológicas o de creencia durante la Guerra Civil o la Dictadura. Los documentos que se necesitan son: certificado de nacimiento del solicitante, certificado de nacimiento del padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles, y documentación que acredite la condición de exiliado de estos últimos, como por ejemplo: pasaporte o título de viaje con sello de entrada en el país de recibimiento, certificación del registro de matrícula del Consulado español, documentación de la Oficina Internacional de Refugiados de Naciones Unidas o de las Oficinas de Refugiados de los Estados de acogida, certificaciones o informes expedidos por partidos políticos, sindicatos o entidades relacionadas con el exilio.
Interesante
Mi bisabuelo era español se llamaba francisco garcia de islas canarias alguien me podria informar si puedo solicitar la ciudadania
Hola hola
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Mi abuela es María encarnación Ruiz y mi abuelo Domingo López uno de Islas Canarias y el otro Gallego no sé nada más como hago para sacar la nacionalidad española