Tras el anuncio de la prórroga de la Ley de Nietos, te contamos paso a paso cómo cumplir con los simples requisitos para el reconocimiento de la ciudadanía.
El Gobierno de España ha confirmado la prórroga de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como “Ley de Nietos”, que permite a los descendientes de españoles exiliados durante la dictadura franquista solicitar la ciudadanía española. El anuncio estuvo a cargo del ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, quien informó que habrá un año más de extensión.
La vigencia de la legislación había sido determinada hasta octubre. Con esta decisión gubernamental, el plazo para acceder a este beneficio se prolongará hasta finales de 2025.
La Ley de Nietos es una normativa que facilita a los descendientes de españoles tramitar la ciudadanía de España. Su objetivo es simplificar el procedimiento y ofrecer una vía alternativa a la tradicional para obtener la nacionalidad.
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El dato: se calcula que más de 69 mil personas ya han obtenido la ciudadanía española a través de la Ley de Nietos. Además, en 2023, más de 182 mil ciudadanos solicitaron la nacionalidad, y más de 120.000 lo hicieron específicamente por esta ley.
La prórroga de la Ley de Nietos y qué sugieren los especialistas
Tal como lo anunció días atrás el ministro Torres, la prórroga llevará el plazo de acogimiento a la Ley de Nietos hasta el mes de octubre del año que viene. En concreto, esto significa una extensión de un año al tiempo previsto originalmente en el dictámen de la ley.
Un grupo de cinco especialistas consultados por InfoCivitano.com recomendó realizar los trámites con celeridad.
“Si bien es un proceso sencillo para los ciudadanos, hay tiempos administrativos que podrían extender la aprobación e incluso excluir de los plazos previstos algunas solicitudes”, coincidieron las fuentes.
En ese mismo sentido, señalaron que en países como Cuba, Venezuela y Argentina hay una demanda cada vez más alta para este trámite de reconocimiento de la nacionalidad española.
“Se han detectado distintos problemas que han sido registrados por los consulados respectivos de cada país, fundamentalmente allí donde hay mayor demanda. El Gobierno español tomó esta decisión de prorrogar la medida atento a estos problemas que han ido surgiendo durante el proceso de aplicación de la ley”, comentaron abogados y gestores consultados por este medio.
“Es muy importante que la gente tome consciencia de que se trata de un trámite de una nacionalidad. No es un carnet de conducir, sino que en materia de derecho es un cambio trascendental en la vida de los ciudadanos. Por eso, requiere de una serie de procesos delicados”, señalaron.
En esa misma sintonía, los especialistas consultados recomendaron iniciar el trámite de la ciudadanía española, a través de la Ley de Nietos, antes de abril del 2025.
“La gran mayoría de los interesados ya debería haber iniciado el trámite. Sin embargo, sabemos que hay muchas personas en condiciones de ser ciudadanos de España que aún no lo hicieron. Hay que subrayar algo muy importante: es una ciudadanía gratuita, más allá de lo que pueda significar en costos para algunas personas que decidan acudir a una gestoría”, dijeron.
Cuatro preguntas para saber si podés tramitar la ciudadanía por Ley de Nietos
Para determinar si podés solicitar la ciudadanía española a través de la Ley de Nietos, podés hacerte las siguientes cuatro preguntas (también te damos las respuestas):
¿Quiénes son los beneficiarios de la Ley?
Pueden optar por la ciudadanía española los siguientes grupos: a) Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles y que, debido al exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia, hayan perdido o renunciado a la nacionalidad española. b) Los hijos e hijas nacidos en el extranjero de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978. c) Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes se les reconoció su nacionalidad de origen según el derecho de opción establecido en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.
¿Hay un plazo para optar por la nacionalidad española?
En todos los casos mencionados, es necesario formalizar la declaración de opción dentro de los tres años desde la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática, plazo actualizado con la anunciada prórroga de la ley.
¿Cómo se solicita la nacionalidad española por los nietos?
Debes presentar los formularios oficiales ante el Encargado de la Oficina General o Consular del Registro Civil correspondiente. El Consulado General de España en Buenos Aires o los consulados de España habilitados en el interior del país proporcionarán estos formularios.
¿Qué pasa si tus padres ya optaron por la nacionalidad española, pero tú eras mayor de edad y quedaste excluido?
En este caso, puedes completar un formulario y presentarlo personalmente en el registro civil de tu domicilio, junto con una fotocopia de los documentos requeridos.
Cómo iniciar el trámite para la ciudadanía española por vía Ley de Nietos
Lo primero que debes hacer es dirigirte al Encargado de la Oficina General o Consular del Registro Civil correspondiente. Allí podrás completar los formularios oficiales que proporcionan los consulados de España en los distintos países.
La documentación básica requerida es la siguiente:
- Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
- Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
- DNI del progenitor español.
- DNI del interesado.
Cómo solicitar la partida de nacimiento en las islas canarias de mi padre y abuela
Como solicitar y donde partida de nacimiento de mi abuelo ,ya lo hice online a cadiz donde fue nacido e anotado y aun ya hace tres meses y no tengo respuesta
Mia abuelo vino de españa y fallecio en Argentina tengo partida de difuncion pero aun no me llega lo pedido de Cadiz ,partida de nacimiento
Me dirijo a usted porque como descendiente de español quisiera tramitar a la través de la Ley de Memoria Democrática. Tengo una duda al respecto he preguntado por varias vías y nadie sabe darme respuesta del trámite que debo realizar. Le explicó:
Mi abuela era española específicamente de Laredo Santander España nacida el 24 de septiembre de 1895; o sea después del año al que se hace referencia surgieron los registros civiles por ende debo presentar certificación literal y no partida de bautismo.
En la certificación literal aparece como María y en la partida de bautismo como Emeteria ya que fue el nombre que le pusieron en dicho acto me explicó la señora del registro civil español. Todos los demás datos personales, fecha de nacimiento, nombre de los padres, lugar y apellidos concuerdan. A su llegada a Cuba con 9 años el nombre que da es el de Emeteria y así consta en las inscripciones de sus hijos y descendientes, matrimonio y defunción.
Mi pregunta es qué debo hacer si el documento que coincide con el nombre es la partida de bautismo y no la certificación literal?.
Sin otro asunto
En espera de su contestación
Edis Luis Hernández Franqui
Hola Edis Luis, te saluda Matías Calderón, periodista del sitio.
En el caso que describes, donde la partida de bautismo de tu abuela Emeteria (María) coincide con los datos personales de la certificación literal, pero no con el nombre que ella usó en vida y que consta en los registros de Cuba, sí puedes tramitar la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática.
A continuación, te explico los pasos a seguir:
1. Reúne la documentación. Partida de bautismo original de tu abuela Emeteria, donde conste su nombre original (María) y la fecha de nacimiento. Certificación literal de nacimiento de tu abuela Emeteria, donde se reflejen los mismos datos que en la partida de bautismo, pero con el nombre que ella usó en vida (Emeteria). Documentos que acrediten la filiación: Certificado de nacimiento de tu padre o madre, donde figure tu abuela Emeteria como madre. Si no es posible obtener este certificado, puedes aportar otros documentos como el certificado de matrimonio de tus padres o tu partida de nacimiento. Documentos que acrediten la residencia en Cuba: Certificado de defunción de tu abuela Emeteria, donde conste su residencia en Cuba. Otros documentos que acrediten la residencia, como el padrón municipal o el carnet de identidad cubano. Certificado de antecedentes penales emitido por las autoridades cubanas. Pago de la tasa correspondiente.
2. Presenta la solicitud. Puedes presentar la solicitud de nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática en el Consulado General de España en La Habana.
También puedes presentarla por correo postal al consulado. Asegúrate de presentar toda la documentación original y dos copias simples de cada documento.
3. Consideraciones adicionales. En el caso de que la partida de bautismo y la certificación literal de nacimiento no presenten el mismo nombre, debes presentar una declaración jurada donde expliques la razón por la cual tu abuela usó un nombre diferente al que figura en su partida de bautismo.
Soy de cuba,? Cómo solicitar la partida de nacimiento de mi abuelo que nació el la Coruña,Galicia?
Que documentos tengo q llevar yo me voy hacer por mi papa
Buenas noches ….soy cubano con residencia en Venezuela …. Sabe si puedo hacer los trámites en el consulado español en Venezuela y si es necesario algún requisito adicional ??
Saludos! Soy ciudadana española por opción desde 2015 y resido en USA. Mis hijas , cubanas y ciudadanas norteamericanas, quieren acceder a la ciudadanía española.Ambas son mayores de edad . Pueden optar por esa nacionalidad ? Muchas gracias!
Buenos dias , los tataranietos pueden solicitar la ciudadania
¿La Fe de bautismo del español tiene que venir solamente con el cuño y la firma del párroco y del arzobispado o hay otro proceso que haya que hacer?