La nacionalidad española se puede solicitar más allá de la Ley de Nietos. Si resides en Miami, deberás evitar cuatro situaciones que te pueden dejar al margen de este reconocimiento. En este informe, todos los detalles sobre qué significa, cómo se tramita y cuál es la forma de lograr el éxito.
El proceso para obtener la nacionalidad española por opción, conocida como Ley 36/2002, es un camino que, aunque accesible para quienes cumplen con los requisitos, puede presentar algunas complicaciones si no se presta la debida atención a los detalles. El Consulado General de España en Miami realiza el trámite, pero antes deberás conocer de qué se trata y cómo es el procedimiento.
La nacionalidad española por opción es un mecanismo que permite a los extranjeros obtener la ciudadanía española al cumplir con determinadas condiciones legales. Este proceso es especialmente relevante para personas que tienen vínculos familiares o históricos con España y desean formalizar su relación con el país a través de la adquisición de la nacionalidad.
Este trámite se realiza de manera presencial ante el Encargado del Registro Civil correspondiente al domicilio del interesado. Para aquellos que residen en el extranjero, el trámite se lleva a cabo en la Oficina Consular de su jurisdicción, en este caso a los residentes en Miami.
La opción por la nacionalidad española es accesible para diferentes grupos de personas, siempre y cuando cumplan con los requisitos específicos.
Pueden optar por la nacionalidad española aquellos que hayan estado bajo la patria potestad de un español, siempre que lo hagan dentro de los dos años siguientes a alcanzar la mayoría de edad o la emancipación.
Asimismo, los hijos de padre o madre que haya sido español de origen nacido en España pueden reclamar la nacionalidad sin límite de tiempo. También, aquellos cuya filiación o lugar de nacimiento en España se determine después de los dieciocho años, tienen un plazo de dos años desde ese momento para optar por la nacionalidad.
El trámite de opción puede ser iniciado tanto por los propios interesados, en el caso de ser mayores de catorce años, como por sus representantes legales si son menores o personas incapacitadas.
Es importante tener en cuenta que, en el caso de personas de nacionalidades que no alcanzan la mayoría de edad a los dieciocho años, el plazo para optar por la nacionalidad española se extiende hasta dos años después de haber alcanzado la mayoría de edad según su legislación nacional.
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Si eres nuevo en estos asuntos, te invitamos a visitar nuestras secciones especialmente dedicadas a la obtención de la ciudadanía española, el pasaporte español, y la Ley de Nietos (con todo lo que necesitas saber sobre el trámite y diferentes anexos).
Si estás interesado en conocer detalles sobre el anuncio de prórroga de la ley de Nietos, en este informe te contamos todo sobre ello y los simples requisitos que hay que cumplir.
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¿Qué errores debo evitar para hacer el trámite de la nacionalidad española?
La nacionalidad española por opción, que se presenta como una alternativa a la Ley de Memoria Democrática (LMD), conocida ampliamente como Ley de Nietos, ofrece una vía para que aquellos con lazos significativos con España formalicen su pertenencia al país, siempre que se cumplan con los requisitos y procedimientos establecidos por la ley.
Pero de antemano debes evitar cuatro errores frecuentes entre los solicitantes. La lista es la siguiente.
No cumplir con los plazos establecidos. Uno de los errores más graves que se pueden cometer es no prestar atención a los plazos para optar por la nacionalidad. En casos específicos, como los de personas sujetas a la patria potestad de un español, la opción debe ejercerse dentro de los dos años posteriores a la mayoría de edad o emancipación. Asimismo, si la filiación o el lugar de nacimiento se determinan después de los dieciocho años, el plazo es también de dos años desde ese momento.
No presentar la documentación completa y correcta. Otro error frecuente es no proporcionar todos los documentos requeridos o presentarlos de manera incorrecta. Es esencial que toda la documentación solicitada, como certificados de nacimiento, pasaportes, y otros documentos probatorios, esté en orden, debidamente legalizada o apostillada, y acompañada de las copias correspondientes.
Desconocer quién debe realizar la declaración de opción. Es crucial saber quién tiene la capacidad de realizar la declaración de opción. Por ejemplo, en el caso de menores de 14 años o personas incapacitadas, son los representantes legales quienes deben llevar a cabo este trámite. Los mayores de 14 años, aunque pueden hacerlo por sí mismos, deben estar asistidos por sus representantes legales. Desconocer estas reglas puede llevar a problemas legales y demoras innecesarias.
No asegurarse de cumplir con los requisitos adicionales. Por último, es fundamental cumplir con todos los requisitos adicionales, como la jura de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución, así como la renuncia a la nacionalidad anterior (excepto en los casos de países con acuerdos específicos). Pasar por alto estos detalles puede significar que la opción por la nacionalidad no se complete correctamente.
Evitar estos errores es clave para que el trámite de la nacionalidad española por opción se lleve a cabo de manera exitosa y sin contratiempos. Asegúrate de cumplir con todos los requisitos y plazos, y de estar bien informado sobre cada paso del proceso.
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¿Qué documentación se debe presentar para tramitar la nacionalidad española?
Para iniciar los trámites de la nacionalidad española por opción, también conocida como la Ley 36/2002, los interesados deben aportar la siguiente documentación original, junto a una fotocopia:
- Original y copia del Certificado de nacimiento del interesado/a, legalizado o apostillado por las autoridades del país de origen.
- Original y copia del Pasaporte actual o carnet de conducir en vigor del interesado.
- Original y copia de la Tarjeta de Residente o Certificado de Naturalización estadounidense del interesado
- Original y copia del Certificado literal (no en extracto) de nacimiento de la madre o padre español (si ambos nacieron en España, el certificado de cada uno
- Original y copia del Certificado de nacimiento del padre o de la madre de la nacionalidad extranjera
- Original y copia del Certificado de matrimonio de los padres
- Original y copia del Justificante de la adquisición de otra nacionalidad del padre o de la madre del interesado
- Original y copia del Documento actual (español o extranjero de los padres o certificado de defunción).
- Impreso de solicitud. Se puede bajar en este enlace.
- Si en la documentación extranjera (pasaporte, Carta de Naturalización…) aparecen los apellidos de casada, será necesario que también aporte certificado de matrimonio o Libro de Familia.
- Hoja declaratoria de datos cumplimentada y firmada por el/la interesado/a. Se puede descargar en este link.
¿Cuáles son los requisitos para tramitar la nacionalidad española a una persona menor de edad?
En el caso de menores de edad que desean optar por la nacionalidad española, existen requisitos y documentación adicionales que deben ser presentados.
Para los menores de 14 años, la firma del Acta de opción requiere la presencia tanto del padre como de la madre del menor. Este requisito es crucial para asegurar que ambos progenitores estén de acuerdo con la solicitud de la nacionalidad española para su hijo, que se puede descargar en este link.
En el caso de menores de entre 14 y 17 años, además de los padres, es necesario que el propio menor esté presente al momento de la firma del Acta..
En cuanto a la documentación específica que deben presentar los menores, se incluye el certificado de nacimiento del menor, debidamente legalizado o apostillado por las autoridades del país de origen, especialmente para aquellos nacidos fuera de los Estados Unidos.
Además, se requiere el certificado literal de nacimiento del padre o la madre de nacionalidad española, con una fecha de expedición no superior a un año, y el certificado de nacimiento del progenitor de nacionalidad extranjera, también legalizado o apostillado.
Asimismo, es necesario aportar el certificado de matrimonio de los padres, junto con el pasaporte español vigente del progenitor de nacionalidad española, y la documentación actual del progenitor de nacionalidad extranjera, como pasaporte o cédula.
El menor también debe presentar su pasaporte vigente y, en caso de residir en los Estados Unidos, su Tarjeta de Residente o permiso de trabajo. Finalmente, la hoja declaratoria de datos debe ser cumplimentada y firmada por el menor, y se debe incluir un impreso de solicitud.
¿Cómo obtener una cita para tramitar la nacionalidad española en Miami?
Para tramitar la nacionalidad española por opción los interesados deberán cumplimentar con el siguiente procedimiento:
- Envía un correo electrónico a la dirección correspondiente del consulado ([email protected]) con el asunto “CITAS LMD”.
- En el cuerpo del correo, incluye tus datos personales (nombre, apellidos, fecha de nacimiento) sin acentos ni caracteres especiales.
- El día de la cita, acude personalmente al consulado en la fecha y hora asignadas.
- Presenta todos los documentos requeridos y abona la tasa correspondiente.
Recuerda que es sumamente importante que te encuentres inscripto en el Registro de Matrícula Consular de Miami (RMC). Asegúrate de estar registrado y si aún no lo hiciste puedes aprovechar este informe que explica el paso a paso, al que puedes acceder vía el siguiente enlace.
El trámite se completa con la comparecencia física del interesado. Debes comparecer físicamente ante la Oficina Consular para realizar la gestión.